Junta de Andalucía

SUBVENCIÓN JUNTA DE ANDALUCÍA PLAN 2025- 2024

SISTEMA DE APLICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

El porcentaje señalado, se aplica sobre la Prima Comercial Base Neta.

LÍNEAS SUBVENCIONADAS SEGURO AGRÍCOLA PLAN 2025

LÍNEAS DE SEGURO AGRÍCOLA PORCENTAJE
(ver sistema de aplicación de la subvención)
300 FRUTALES.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: P y CP
MÓDULOS: C2
26%
10%
16%
301 CÍTRICOS.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: 3
MÓDULOS: P y CP
MÓDULOS: C2 y C3 
26%
15%
10%
16%
306 HORTALIZAS BAJO CUBIERTA EN PENÍNSULA Y BALEARES
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: 3
MÓDULOS: P
26%
18%
10%
309 CULTIVOS HERBÁCEOS.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: P(arroz)
MÓDULOS: P(resto)
MÓDULOS: C2 
20%
8%
5%
11%
310 FRUTOS SECOS.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: P
MÓDULOS: C2
33%
12%
18%
311 CAQUI.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: P y CP
MÓDULOS: C2
26%
10%
16%
312 UVA VINIFICACIÓN PENÍNSULA Y BALEARES.
MÓDULOS: 2A
MÓDULOS:2B
MÓDULOS: 3
MÓDULOS: P
MÓDULOS: C2A, C2B y C3
40%
29%
18%
10%
16%
314 OLIVAR.
MÓDULOS: 2A
MÓDULOS: PO y CPO
MÓDULOS: PP
MÓDULOS: C2A 
33%
12%
12%
18%
315 CULTIVOS FORRAJEROS.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: P
MÓDULOS: C2
20%
8%
14%
316 CULTIVOS AGROENERGÉTICOS.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: P
20%
8%
317 CEREZA.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: 3
MÓDULOS: P
MÓDULOS: C2
26%
15%
10%
16%
320 PLANTA VIVA,FLOR CORTADA,VIVEROS Y SEMILLAS
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: 3
MÓDULOS: P
26%
15%
10%
321 UVA DE MESA
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: 3
MÓDULOS: P
26%
15%
10%
322 TROPICALES Y SUBTROPICALES
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: P
MÓDULOS: C2
26%
10%
16%
323 CULTIVOS INDUSTRIALES TEXTILES.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: P
20%
8%
326 CULTIVOS INDUSTRIALES NO TEXTILES.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: P
20%
8%
329 NÍSPERO Y OTROS FRUTALES.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: P y CP
MÓDULOS: C2
26%
10%
16%
330 AJO.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: 3
MÓDULOS: P
26%
18%
10%

LÍNEAS SUBVENCIONADAS SEGURO AGRÍCOLA PLAN 2024

LÍNEAS DE SEGURO AGRÍCOLA PORCENTAJE
(ver sistema de aplicación de la subvención)
300 FRUTALES.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: P y CP
MÓDULOS: C2
26%
10%
16%
306 HORTALIZAS BAJO CUBIERTA EN PENÍNSULA Y BALEARES
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: 3
MÓDULOS: P
26%
18%
10%
310 FRUTOS SECOS.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: P
MÓDULOS: C2
33%
12%
18%
312 UVA VINIFICACIÓN PENÍNSULA Y BALEARES.
MÓDULOS: 2A
MÓDULOS:2B
MÓDULOS: 3
MÓDULOS: P
MÓDULOS: C2A, C2B y C3
40%
29%
18%
10%
16%
314 OLIVAR.
MÓDULOS: 2A
MÓDULOS: PO y CPO
MÓDULOS: PP
MÓDULOS: C2A 
33%
12%
12%
18%
315 CULTIVOS FORRAJEROS.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: P
MÓDULOS: C2
20%
8%
14%
316 CULTIVOS AGROENERGÉTICOS.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: P
20%
8%
329 NÍSPERO Y OTROS FRUTALES.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: P y CP
MÓDULOS: C2
26%
10%
16%
330 AJO.
MÓDULOS: 2
MÓDULOS: 3
MÓDULOS: P
26%
18%
10%

LÍNEAS SUBVENCIONADAS. SEGURO GANADERO PLAN 2025

LÍNEAS DE SEGURO GANADERO PORCENTAJE
(ver sistema de aplicación de la subvención)
401 VACUNO REPRODUCCIÓN Y PRODUCCIÓN 17%
402 VACUNO DE CEBO 17%
403 VACUNO DE LIDIA 17%
404 OVINO Y CAPRINO 27%
405 EQUINO 17%
406 AVIAR DE CARNE 17%
407 AVIAR DE PUESTA 17%
408 PORCINO 17%
409 TARIFA GENERAL GANADERA 17%
410 COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE PASTOS 30%
411 APICULTURA 27%

LÍNEAS SUBVENCIONADAS. SEGURO GANADERO PLAN 2024

LÍNEAS DE SEGURO GANADERO PORCENTAJE
(ver sistema de aplicación de la subvención)
410 COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE PASTOS 30%

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SUBVENCIONES ADICIONALES

Para solicitar cualquier subvención adicional, la persona asegurada deberá consignar en la póliza de seguro que contrate la circunstancia por la que solicita la subvención adicional, y declarar que cumple todos los requisitos específicos exigidos para tener derecho a dicha subvención.

Se establecen las siguientes subvenciones adicionales:

  • Por características del asegurado y aseguramiento............................................ 10%
    • Agricultor/a ganadero/a profesional (Cod. 73).
    • Explotación prioritaria (Cod. 22).
    • Organización de productores (Cod. 21).
    • Joven agricultor/a ganadero/a (Cod. 10).
  • Por prácticas para la reducción del riesgo y por condiciones productivas.
    • Seguros agrícolas ............................................................................................... 2%
      • Estructura de asesoramiento para la defensa de la sanidad vegetal (Cod. 23).
      • Producción ecológica (Cod. 45).
    • Seguros de ganado.............................................................................................. 4%
      • Agrupación de defensa sanitaria ganadera. (Cod. 18).
      • Producción ecológica (Cod. 45).
  • Subvención adicional por titularidad compartida (Cod. 72).................................. 5%

Todas estas subvenciones adicionales deben ser declaradas en póliza con los códigos que se indican y su aplicación y control está sujeta a la información de las bases de datos facilitadas por ENESA (CSA y ETC).

Cuando se reúnan varios de los requisitos establecidos para la subvención adicional por características del asegurado y del aseguramiento y para la subvención adicional para la reducción del riesgo y por condiciones productivas (tanto en los seguros agrícolas como en los de ganado), el porcentaje correspondiente se tendrá en cuenta una sola vez.

BENEFICIARIOS

Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica, con explotaciones agrícolas, acuícolas y forestales, ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que suscriban una póliza de seguros amparada por la Ley 87/1978, de 28 de diciembre.

EXCLUSIONES

Están excluidas de la subvención de la Comunidad:

  • Asegurados que tengan la consideración de Administración Pública.
  • Pólizas de seguro contratadas por empresas que no tengan la condición de pequeña o mediana empresa (PYME).

LÍMITE DE SUBVENCIÓN

  • LÍMITE MÍNIMO.

No tienen subvención las pólizas cuyo importe de subvención calculado de la Junta de Andalucía, sea inferior a 30 €.

  • LÍMITE MÁXIMO.

El límite máximo de subvención por póliza, considerando la ayuda base más las ayudas adicionales, será de 5.000 euros, salvo en el caso de las modalidades de contratación bienal de seguro para explotaciones de olivar (módulos 2A y 2B), que será de 10.000 euros.

Además, la suma de las subvenciones concedidas a cada póliza por la Administración General del Estado, a través de ENESA y por la Junta de Andalucía, no podrá superar el 75% de la prima comercial base neta, teniendo en cuenta que el importe concedido por las Administraciones públicas no podrá exceder el límite establecido en las directrices comunitarias vigentes sobre ayudas estatales al sector agrario, que para los seguros agrícolas y de compensación por pérdida de pastos es el 70% del recibo de prima de la póliza.

En caso de que se superasen dichos niveles, se ajustará la subvención, minorando la cantidad a subvencionar por la Junta de Andalucía.