Diputación Foral de Bizkaia
SUBVENCIÓN DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA PLAN 2024-2023
El porcentaje de subvención indicado , se aplicará sobre el total de las subvenciones de ENESA, para las parcelas o explotaciones ubicadas en el Territorio Histórico de Bizkaia.
LÍNEAS DE SEGURO AGRÍCOLA | PORCENTAJE (ver sistema de aplicación de la subvención) |
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300 FRUTALES | 55% |
306 HORTALIZAS BAJO CUBIERTA | 55% |
312 UVA DE VINO PENÍNSULA Y BALEARES | 55% |
320 PLANTA VIVA PENÍNSULA Y BALEARES. SÓLO CULTIVOS DE PLANTA ORNAMENTAL(PRIMAVERA Y VERANO) |
55% |
328 FRESÓN Y FRUTOS ROJOS | 55% |
329 NÍSPERO Y OTROS FRUTALES. SÓLO CULTIVO DE KIWI |
55% |
LÍNEAS DE SEGURO GANADERO | PORCENTAJE (ver sistema de aplicación de la subvención) |
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401 VACUNO DE REPRODUCCIÓN Y PRODUCCIÓN | 40% |
402 VACUNO DE CEBO | 40% |
404 OVINO Y CAPRINO | 40% |
406 AVIAR DE CARNE | 40% |
407 AVIAR DE PUESTA | 40% |
410 COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE PASTOS | 40% |
411 APICULTURA | 40% |
No se contemplan subvenciones adicionales.
Asegurados que contraten pólizas de líneas incluidas en el plan 2023.
- No es subvencionable la garantía de RyD en los seguros de ganado.
La Diputación Foral de Bizkaia se acoge a los mismos límites que los determinados por ENESA procedentes de las directrices de la Unión Europea que son:
El límite determinado por las directrices comunitarias al sector agrario determina que el importe concedido por las Administraciones públicas no podrá exceder nunca de un porcentaje del importe del recibo de prima, que en los seguros agrícolas y en los seguros de ganado tipo de capital vida, será del 70 %.
Además, en base a lo que se determina en el 45º Plan de Seguros Agrarios Combinados establecido por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el fin de garantizar un uso lo más racional posible de las subvenciones públicas, se establece un límite del 75% de la prima comercial base neta para todas las líneas de seguro excepto para la retirada y destrucción de animales muertos en la explotación y las líneas acuícolas.
En el caso de exceder de dichos porcentajes, será reducido, en primer lugar, del importe de las subvenciones concedidas por las Comunidades Autónomas y, de ser necesario, la de ENESA.
La Diputación Foral de Bizkaia se acoge a los mismos límites que los determinados por ENESA procedentes de las directrices de la Unión Europea que son:
El límite determinado por las directrices comunitarias al sector agrario, determina que el importe concedido por las Administraciones públicas no podrá exceder nunca de un porcentaje del importe del recibo de prima, que en los seguros agrícolas y ganado tipo de capital vida será del 65 %.
En el caso de exceder de dichos porcentajes, será reducido, en primer lugar, del importe de las subvenciones concedidas por las Comunidades Autónomas y, de ser necesario, del importe de la subvención de ENESA.
La presente información es genérica y orientativa, no vinculante, siendo una transcripción de lo que figura en la Orden de Subvenciones. Agroseguro no está autorizada para desarrollar funciones de comercialización. Para conocer la información completa de este seguro, qué opción concreta se ajusta mejor a sus necesidades y contratar, debe acudir a un mediador de seguros autorizado.