Comunidad Autónoma de Cantabria
SUBVENCIÓN COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA PLAN 2025-2024
El porcentaje de subvención para los seguros agrícolas y de ganado vida se aplicará sobre el total de las subvenciones de ENESA, para las parcelas o explotaciones ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
El porcentaje de subvención indicado para la línea 415 RYD y garantía adicional RYD en seguros de vida se aplicará sobre el recibo de prima correspondiente a las explotaciones ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
LÍNEAS DE SEGURO AGRÍCOLA | PORCENTAJE (ver sistema de aplicación de la subvención) |
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TODAS | 25% |
LÍNEAS DE SEGURO GANADERO | PORCENTAJE (ver sistema de aplicación de la subvención) |
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TODAS | 25% |
LÍNEAS DE SEGURO GASTOS POR RETIRADA Y DESTRUCCION ANIMALES MUERTOS | PORCENTAJE (ver sistema de aplicación de la subvención) |
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415 RYD y garantía adicional RYD en seguros de vida | 53% |
No se contemplan subvenciones adicionales.
Asegurados que se encuentren en la base de datos suministrada por la Comunidad Autónoma.
- No son de aplicación estas subvenciones a las pólizas de seguro contratadas por las grandes empresas y empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas de conformidad con lo establecido en las vigentes directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal.
- Líneas de seguros agrícolas y de ganado vida:
La suma de la subvención de ENESA y la de la Comunidad Autónoma de Cantabria no puede superar el 60% del coste neto del recibo de prima
- Línea de ganado 415 RYD y garantía adicional RYD en seguros vida:
La suma de la subvención de ENESA y la de la Comunidad Autónoma de Cantabria no puede superar el 85% del coste neto del recibo de prima
Además, en el caso de los seguros agrícolas y de ganado vida, la suma de la subvención concedida por ENESA y por la Comunidad Autónoma de Cantabria no superará el 75% de la prima comercial base neta sin tener en cuenta los recargos de contratación.
En el caso de exceder de dichos porcentajes, será reducido, en primer lugar, del importe de las subvenciones concedidas por la Comunidad Autónoma y, de ser necesario, del importe de ENESA.
NOTA IMPORTANTE
En el caso en que concurran en una misma póliza de ganado garantías de vida y RYD, se aplicará el límite anteriormente definido por tipo de capital (vida y RYD).
Por otra parte, recordamos que en todas las líneas hay que tener en cuenta el límite determinado por la Unión Europea en las Directrices Comunitarias al sector agrario, que establece que el importe concedido por las Administraciones públicas no podrá exceder nunca de un porcentaje del importe del recibo de prima, que en los seguros agrícolas y de ganado, tipo de capital vida, será del 70 %, en los seguros de Retirada y Destrucción de animales y garantía adicional de RYD será del 90% y para la línea de acuicultura, se establece en el 70%.
En el caso de exceder de dichos porcentajes, será reducido, en primer lugar, del importe de las subvenciones concedidas por las Comunidades Autónomas y, de ser necesario, la de ENESA.
- Líneas de seguros agrícolas y de ganado vida:
La suma de la subvención de ENESA y la de la Comunidad Autónoma de Cantabria no puede superar el 60% del coste neto del recibo de prima
- Línea de ganado 415 RYD y garantía adicional RYD en seguros vida:
La suma de la subvención de ENESA y la de la Comunidad Autónoma de Cantabria no puede superar el 85% del coste neto del recibo de prima
Además, en el caso de los seguros agrícolas y de ganado vida, la suma de la subvención concedida por ENESA y por la Comunidad Autónoma de Cantabria no superará el 75% de la prima comercial base neta .
En el caso de exceder de dichos porcentajes, será reducido, en primer lugar, del importe de las subvenciones concedidas por la Comunidad Autónoma y, de ser necesario, del importe de ENESA.
NOTA IMPORTANTE
En el caso en que concurran en una misma póliza de ganado garantías de vida y RYD, se aplicará el límite anteriormente definido por tipo de capital (vida y RYD).
Por otra parte, recordamos que en todas las líneas hay que tener en cuenta el límite determinado por la Unión Europea en las Directrices Comunitarias al sector agrario, que establece que el importe concedido por las Administraciones públicas no podrá exceder nunca de un porcentaje del importe del recibo de prima, que en los seguros agrícolas y de ganado, tipo de capital vida, será del 70 %, en los seguros de Retirada y Destrucción de animales y garantía adicional de RYD será del 90% y para la línea de acuicultura, se establece en el 70%.
En el caso de exceder de dichos porcentajes, será reducido, en primer lugar, del importe de las subvenciones concedidas por las Comunidades Autónomas y, de ser necesario, la de ENESA.
La presente información es genérica y orientativa, no vinculante, siendo una transcripción de lo que figura en la Orden de Subvenciones. Agroseguro no está autorizada para desarrollar funciones de comercialización. Para conocer la información completa de este seguro, qué opción concreta se ajusta mejor a sus necesidades y contratar, debe acudir a un mediador de seguros autorizado.