Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

SUBVENCIÓN JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PLAN 2024-2023

SISTEMA DE APLICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

El porcentaje de subvención indicado en el apartado 5, se aplicará sobre el total de las subvenciones de ENESA, para las parcelas o explotaciones ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

LÍNEAS SUBVENCIONADAS. SEGURO AGRÍCOLA PLAN 2024

LÍNEAS DE SEGURO AGRÍCOLA PLAN 2024 PORCENTAJE
(ver sistema de aplicación de la subvención)
300 FRUTALES.
MÓDULOS: 2, C1, C2
20%
307 HORTALIZAS AL AIRE LIBRE CICLO OTOÑO INVIERNO.
MÓDULOS: 2 ,3
20%
309 HERBÁCEOS EXTENSIVOS.
MÓDULOS: 2, C1, C2
20%
310 FRUTOS SECOS.
MÓDULOS: 2, C1, C2
37%
312 UVA DE VINO.
MÓDULOS: 2A,2B, 3, C1, C2A, C2B, C3
20%
314 OLIVAR.
MÓDULOS: 2A, PO, PP, C1A, C2A, CPO
100%
315 FORRAJEROS.
MÓDULOS: 2, C1, C2
20%
318 HORTALIZAS AL AIRE LIBRE CICLO PRIMAVERA – VERANO.
MÓDULOS: 2, 3
20%
324 MULTICULTIVO DE HORTALIZAS.
MÓDULOS: 2
20%
326 INDUSTRIALES NO TEXTILES.
MÓDULOS: 2
20%
327 HORTALIZAS CICLOS SUCESIVOS.
MÓDULOS: 2, 3
20%
330 AJO.
MÓDULOS: 2, 3
20%

LÍNEAS SUBVENCIONADAS. SEGURO AGRÍCOLA PLAN 2023

LÍNEAS DE SEGURO AGRÍCOLA PLAN 2023 PORCENTAJE
(ver sistema de aplicación de la subvención)
300 FRUTALES.
MÓDULOS: 2, C1, C2
20%
307 HORTALIZAS AL AIRE LIBRE CICLO OTOÑO INVIERNO.
MÓDULOS: 2 ,3
20%
309 HERBÁCEOS EXTENSIVOS.
MÓDULOS: 2, C1, C2
20%
310 FRUTOS SECOS.
MÓDULOS: 2, C1, C2
37%
312 UVA DE VINO.
MÓDULOS: 2A,2B, 3, C1, C2A, C2B, C3
20%
314 OLIVAR.
MÓDULOS: 2A,2B, PO, PP, C1A,C1B C2A,C2B yCPO
100%
315 FORRAJEROS.
MÓDULOS: 2, C1, C2
20%
318 HORTALIZAS AL AIRE LIBRE CICLO PRIMAVERA – VERANO.
MÓDULOS: 2, 3
20%
324 MULTICULTIVO DE HORTALIZAS.
MÓDULOS: 2
20%
326 INDUSTRIALES NO TEXTILES.
MÓDULOS: 2
20%
327 HORTALIZAS CICLOS SUCESIVOS.
MÓDULOS: 2, 3
20%
330 AJO.
MÓDULOS: 2, 3
20%

LÍNEAS SUBVENCIONADAS. SEGURO GANADERO

LÍNEAS DE SEGURO GANADERO PORCENTAJE
(ver sistema de aplicación de la subvención)
401 VACUNO DE REPRODUCCIÓN Y PRODUCCIÓN 37%
402 VACUNO DE CEBO 37%
403 VACUNO DE LIDIA 37%
404 OVINO Y CAPRINO 37%
405 EQUINO 37%
406 AVIAR DE CARNE 37%
407 AVIAR DE PUESTA 37%
408 PORCINO 37%
409 TARIFA GENERAL GANADERA 37%
410 COMPENSACIÓN POR PÉRDIDA DE PASTOS 40%
411 APICULTURA 37%

LÍNEAS SUBVENCIONADAS. GASTOS POR RETIRADA Y DESTRUCCIÓN DE ANIMALES MUERTOS

Pólizas con fecha de entrada en vigor del 01/06/2024 al 19/10/2024

ESPECIE RÉGIMEN % SUBVENCIÓN
(ver sistema de aplicación de la subvención)
 BOVINO Todos 5%
 PORCINO Todos 120%
 EQUINO
 CAMÉLIDOS
Todos 40%
 OVINO
 CAPRINO
 Reproducción y recría 18%
Resto de regímenes 5%
 CUNÍCOLA  Cebo industrial 5%
Reproducción y recría 200%
 CODORNICES
 POLLOS (BROILER)
 PERDICES
 FAISANES
 GALLINAS
 PATOS
 OCAS
 PAVOS
 AVESTRUCES
 EMÚS
 POLLOS DE CORRAL
 RECRIA GALLINAS DE PUESTA Y RECRÍA POLLITAS 
 GALLINAS DE MULTIPLICACIÓN PARA CARNE
Todos 120%
 CÉRVIDOS Todos 100%

 

Pólizas con fecha de entrada en vigor del 20/10/2024 al 30/01/2025

ESPECIE/REGIMEN  ÁMBITO % SUBVENCIÓN
(ver sistema de aplicación de la subvención)
 BOVINO/REPRODUCCION Y RECRÍA  Albacete, Cuenca, Ciudad Real y Guadalajara 90%
Toledo 50%
 BOVINO/RESTO DE REGÍMENES  Albacete, Cuenca, Ciudad Real y Guadalajara 50%
Toledo 30%
 PORCINO Todos 120%
 EQUINOS/TODOS
 CAMÉLIDOS/TODOS
Todas las provincias 75%
 OVINO/TODOS
 CAPRINO/TODOS
Todas las provincias 120%
 CUNÍCOLA/REPRODUCCION Y RECRÍA  Todas las provincias 400%
 CUNÍCOLA/RESTO DE REGÍMENES  Todas las provincias 75%
 CODORNICES
 POLLOS (BROILER)
 PERDICES
 FAISANES
 GALLINAS
 PATOS
 OCAS
 PAVOS
 AVESTRUCES
 EMÚS
 POLLOS DE CORRAL
 RECRIA GALLINAS DE PUESTA Y RECRÍA POLLITAS 
 GALLINAS DE MULTIPLICACIÓN PARA CARNE
 Todas las provincias 120%
 CÉRVIDOS  Todas las provincias 100%

 

Pólizas con fecha de entrada en vigor del 31/01/2025 al 31/05/2025

ESPECIE ( Prueba) RÉGIMEN % SUBVENCIÓN
(ver sistema de aplicación de la subvención)
 BOVINO/REPRODUCCION Y RECRÍA  Albacete, Cuenca, Ciudad Real y Guadalajara 90%
Toledo 50%
 BOVINO/RESTO DE REGÍMENES  Albacete, Cuenca, Ciudad Real y Guadalajara 50%
Toledo 30%
 PORCINO/REPRODUCCION Y RECRÍA  Albacete, Cuenca y Toledo 60%
Ciudad Real y Guadalajara 120%
 PORCINO/RESTO DE REGÍMENES  Albacete, Cuenca y Toledo 90%
Ciudad Real y Guadalajara 120%
 EQUINOS/TODOS
 CAMÉLIDOS/TODOS
Todas las provincias 75%
 OVINO/TODOS
 CAPRINO/TODOS
Todas las provincias 120%
 CUNÍCOLA/REPRODUCCION Y RECRÍA  Todas las provincias 400%
 CUNÍCOLA/RESTO DE REGÍMENES  Todas las provincias 75%
 CODORNICES
 POLLOS (BROILER)
 PERDICES
 FAISANES
 GALLINAS
 PATOS
 OCAS
 PAVOS
 AVESTRUCES
 EMÚS
 POLLOS DE CORRAL
 RECRIA GALLINAS DE PUESTA Y RECRÍA POLLITAS 
 GALLINAS DE MULTIPLICACIÓN PARA CARNE
 Todas las provincias 75%
 CÉRVIDOS  Todas las provincias 75%

SUBVENCIONES ADICIONALES

Sólo podrá aplicarse estas subvenciones adicionales a los asegurados que figuren en la base de datos que la Consejería ha creado al efecto entregada a AGROSEGURO para su aplicación.

  •  Los jóvenes agricultores instalados a partir del 01/01/2018 dentro del marco de las ayudas a la primera instalación del Programa de Desarrollo Rural de Castilla la Mancha tendrán un incremento en la cuantía de sus ayudas de 10 puntos sobre las indicadas anteriormente.
  • Las explotaciones agrarias cuya titularidad sea de una mujer o de una titularidad compartida (ETC) a fecha 01/01/2023 tendrán un incremento en la cuantía de sus ayudas de 2 puntos sobre las indicadas anteriormente. 
  • Este incremento se sumará al de jóvenes agricultores(total 12 puntos) en el caso de que la titular de la explotación o algún miembro de la ETC cumpla los requisitos establecidos en el apartado anterior.

BENEFICIARIOS

Asegurados que se encuentren en la base de control integral de acceso a subvenciones de ENESA (CIAS).

EXCLUSIONES

  •  No se concede subvención a las pólizas contratadas por asegurados que tengan la consideración de administraciones públicas (administración del estado, comunidades autónomas y corporaciones locales). (Art. 2º de la ley 30 / 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común)
  • No son de aplicación estas subvenciones a las pólizas de seguro contratadas por las grandes empresas y empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas de conformidad con lo establecido en las vigentes directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal. 
  • Pólizas de seguros contratadas por empresas o sociedades asociaciones o entidades sin personalidad jurídica cuyo código de actividad empresarial, de acuerdo con la clasificación nacional de actividades económicas (CNAE), no figure en las señaladas en el anexo IV. (Real Decreto 1075/2021 de 7 de diciembre) por el que se modifican las bases reguladoras para la concesión  de subvenciones de la Administración General del Estado).

LÍMITE DE SUBVENCIÓN 2024

LÍMITE MÁXIMO:
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha subvencionará hasta el límite establecido en 45º Plan de ENESA que, para los seguros agrícolas y de ganado tipo de capital vida, corresponde al 75% de la prima comercial de base neta, siempre y cuando no se supere la intensidad máxima establecida en la normativa de la Unión Europea, que en los seguros agrícolas y de ganado tipo de capital vida es el 70% del recibo de prima y en los seguros de RYD (y garantía adicional RYD en los seguros de ganando vida) es el 90% del recibo de prima, el cual en ninguna circunstancia se rebasará.

En el caso de exceder de dichos porcentajes, será reducido, en primer lugar, del importe de las subvenciones concedidas por la Comunidad Autónoma y, de ser necesario, del importe de la subvención de ENESA.

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha establece que, en ningún caso, su aportación por póliza será superior a 5.000 €, excepto en aquellas pólizas de líneas de ganado que contemplen la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales muertos, cuyo límite será de 5000 € para cada uno de los tipos de capital vida y retirada y de 10.000 € para la totalidad de la póliza.

LÍMITE DE SUBVENCIÓN 2023

La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha establece que en ningún caso su aportación por póliza, será superior a 5.000 €, excepto en aquellas pólizas de líneas de ganado que contemplen la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales muertos, cuyo límite será de 5000 € para cada uno de los tipos de capital vida y retirada y de 10.000 € para la totalidad de la póliza.

La Comunidad Autónoma, se acoge a los mismos límites que los determinados por ENESA procedentes de las directrices de la Unión Europea que son:

El límite determinado por las directrices comunitarias al sector agrario, determina que el importe concedido por las Administraciones públicas no podrá exceder nunca de un porcentaje del importe del recibo de prima, que en los seguros agrícolas y ganado tipo de capital vida será del 65 %, en los seguros de Retirada y Destrucción de animales y en la garantía adicional RYD en seguros de ganado, será del 90% del recibo de prima por explotación.

En el caso de exceder de dichos porcentajes, será reducido, en primer lugar, del importe de las subvenciones concedidas por las Comunidades Autónomas y, de ser necesario, del importe de la subvención de ENESA.