Generalitat de Cataluña

SUBVENCIÓN GENERALITAT DE CATALUÑA PLAN 2024-2023

SISTEMA DE APLICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

  •  SUBVENCIÓN GENERAL..

Líneas agrícolas y ganado vida, sobre la prima comercial base neta

Línea de RyD(415) y garantía adicional RyD en seguros vida se aplica por cabeza de animal (€/animal)

  • SUBVENCIÓN ADICIONAL.

Por base de datos(líneas agrícola y ganado vida), Se aplica sobre la prima comercial base neta acumulada a la subvención general, si el DNI/NIF figura en la base de datos creada por el DACC.

Por malla antigranizo, Se aplica sobre el importe de la bonificación que suponga dicha medida.

LÍNEAS SUBVENCIONADAS. SEGURO AGRÍCOLA PLAN 2024

LÍNEAS DE SEGURO AGRÍCOLA SUBVENCION BASE SUBVENCIÓN ASEGURADOS EN BD
300 FRUTALES.
MÓDULOS: P y CP
MÓDULOS: 1, 2, C1 y C2
8,50%
11,50%
14,50%
19,50%
301 CÍTRICOS.
MÓDULOS: P y CP
MÓDULOS: 1, 2, 3, C1 , C2 y C3
13,00%
17,00%
21,00%
28,00%
303 ORGANIZACIÓN DE PRODUCTORES Y COOPERATIVAS.
MÓDULOS: OP
11,50% 19,50%
306 HORTALIZAS BAJO CUBIERTA EN PENINSULA E ILLES BALEARES.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1 , 2 y 3
25,00%
30,00%
33,00%
38,00%
307 HORTALIZAS AL AIRE LIBRE CICLO OTOÑO-INVIERNO EN PENINSULA E ILLES BALEARES.
MÓDULOS: P 
MÓDULOS: 1, 2 y 3
25,00%
30,00%
33,00%
38,00%
309 HERBÁCEOS EXTENSIVOS.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2, C1 y C2
11,50%
25,00%
28,00%
33,00%
310 FRUTOS SECOS.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2, C1 y C2
17,00%
25,00%
28,00%
33,00%
312 UVA DE VINO PENÍNSULA E ILLES BALEARES.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2A, 2B, 3, C1, C2A, C2B y C3
17,00%
21,00%
28,00%
29,00%
314 OLIVAR.
MÓDULOS: PO, PP y CPO
MÓDULOS: 1A, 2A, C1A, y C2A 
21,00%
25,00%
29,00%
33,00%
315 FORRAJEROS.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2, C1 y C2
11,50%
25,00%
28,00%
38,00%
316 AGROENERGÉTICOS.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1 y 2
11,50%
25,00%
19,50%
33,00%
317 CEREZA.
MÓDULOS: P y CP
MÓDULOS: 1, 2, 3,C1 y C2
8,50%
11,50%
14,50%
19,50%
318 HORTALIZAS AL AIRE LIBRE PRIMAVERA-VERANO EN PENÍNSULA Y BALEARES.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2 y 3
25,00%
30,00%
33,00%
38,00%
319 FORESTALES.
MÓDULOS: P
11,50% 19,50%
320 PLANTA VIVA, FLOR CORTADA, VIVEROS Y SEMILLAS EN PENÍNSULA Y BALEARES .
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2 y 3
21,00%
25,00%
29,00%
33,00%
321 UVA DE MESA.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2 y 3
17,00%
21,00%
28,00%
29,00%
323 INDUSTRIALES TEXTILES.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1 y 2
17,00%
25,00%
28,00%
33,00%
324 MULTICULTIVO DE HORTALIZAS.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1 y 2
25,00%
30,00%
33,00%
38,00%
326 INDUSTRIALES NO TEXTILES.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1 y 2
17,00%
25,00%
28,00%
33,00%
327 HORTALIZAS CICLOS SUCESIVOS EN PENÍNSULA Y BALEARES.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2 y 3
25,00%
30,00%
33,00%
38,00%
328 FRESÓN Y OTROS FRUTOS ROJOS.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2 y 3
21,00%
25,00%
29,00%
33,00%
329 NÍSPERO Y OTROS FRUTALES.
MÓDULOS: P y CP
MÓDULOS: 1, 2, C1 y C2
8,50%
11,50%
14,50%
19,50%
330 AJO.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2 y 3
21,00%
25,00%
29,00%
33,00%

LÍNEAS SUBVENCIONADAS. SEGURO AGRÍCOLA PLAN 2023

LÍNEAS DE SEGURO AGRÍCOLA SUBVENCION BASE SUBVENCIÓN ASEGURADOS EN BD
300 FRUTALES.
MÓDULOS: P y CP
MÓDULOS: 1, 2, C1 y C2
8,50%
11,50%
14,50%
19,50%
301 CÍTRICOS.
MÓDULOS: P y CP
MÓDULOS: 1, 2, 3, C1 , C2 y C3
13,00%
17,00%
21,00%
28,00%
303 ORGANIZACIÓN DE PRODUCTORES Y COOPERATIVAS.
MÓDULOS: OP
11,50% 19,50%
306 HORTALIZAS BAJO CUBIERTA EN PENINSULA E ILLES BALEARES.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1 , 2 y 3
25,00%
30,00%
33,00%
38,00%
307 HORTALIZAS AL AIRE LIBRE CICLO OTOÑO-INVIERNO EN PENINSULA E ILLES BALEARES.
MÓDULOS: P 
MÓDULOS: 1, 2 y 3
25,00%
30,00%
33,00%
38,00%
309 HERBÁCEOS EXTENSIVOS.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2, C1 y C2
11,50%
25,00%
19,50%
33,00%
310 FRUTOS SECOS.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2, C1 y C2
17,00%
25,00%
28,00%
33,00%
311 CAQUI.
MÓDULOS: P y CP
MÓDULOS: 1, 2, C1 y C2
8,50%
11,50%
14,50%
19,50%
312 UVA DE VINO PENÍNSULA E ILLES BALEARES.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2A, 2B, 3, C1, C2A, C2B y C3
17,00%
21,00%
28,00%
29,00%
314 OLIVAR.
MÓDULOS: PO, PP y CPO
MÓDULOS: 1A, 1B, 2A, 2B, C1A, C1B, C2A y C2B
21,00%
25,00%
29,00%
33,00%
315 FORRAJEROS.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2, C1 y C2
11,50%
13,00%
19,50%
21,00%
316 AGROENERGÉTICOS.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1 y 2
11,50%
25,00%
19,50%
33,00%
317 CEREZA.
MÓDULOS: P y CP
MÓDULOS: 1, 2, C1 y C2
8,50%
11,50%
14,50%
19,50%
318 HORTALIZAS AL AIRE LIBRE PRIMAVERA-VERANO EN PENÍNSULA Y BALEARES.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2 y 3
25,00%
30,00%
33,00%
38,00%
319 FORESTALES.
MÓDULOS: P
11,50% 19,50%
320 PLANTA VIVA, FLOR CORTADA, VIVEROS Y SEMILLAS EN PENÍNSULA Y BALEARES .
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2 y 3
21,00%
25,00%
29,00%
33,00%
321 UVA DE MESA.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2 y 3
17,00%
21,00%
28,00%
29,00%
323 INDUSTRIALES TEXTILES.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1 y 2
17,00%
25,00%
28,00%
33,00%
324 MULTICULTIVO DE HORTALIZAS.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1 y 2
25,00%
30,00%
33,00%
38,00%
326 INDUSTRIALES NO TEXTILES.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1 y 2
17,00%
25,00%
28,00%
33,00%
327 HORTALIZAS CICLOS SUCESIVOS EN PENÍNSULA Y BALEARES.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2 y 3
25,00%
30,00%
33,00%
38,00%
328 FRESÓN Y OTROS FRUTOS ROJOS.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2 y 3
21,00%
25,00%
29,00%
33,00%
329 NÍSPERO Y OTROS FRUTALES.
MÓDULOS: P y CP
MÓDULOS: 1, 2, C1 y C2
8,50%
11,50%
14,50%
19,50%
330 AJO.
MÓDULOS: P
MÓDULOS: 1, 2 y 3
21,00%
25,00%
29,00%
33,00%

LÍNEAS SUBVENCIONADAS. SEGURO GANADERO

LÍNEAS DE SEGURO GANADERO SUBVENCIÓN BASE SUBVENCIÓN ASEGURADOS EN BD
401 VACUNO DE REPRODUCCIÓN Y PRODUCCIÓN. 10,00% 16,00%
402 VACUNO DE CEBO. 10,00% 16,00%
403 VACUNO DE LIDIA. 10,00% 16,00%
404 OVINO Y CAPRINO. 10,00% 16,00%
405 EQUINO. 10,00% 16,00%
406 AVIAR DE CARNE. 10,00% 16,00%
407 AVIAR DE PUESTA. 10,00% 16,00%
408 PORCINO. 10,00% 16,00%
409 TARIFA GENERAL GANADERA. 10,00% 16,00%
410 COMPENSACIÓN PÉRDIDA DE PASTOS. 25,00% 33,00%
411 APICULTURA. 10,00% 16,00%
412 ACUICULTURA CONTINENTAL. 10,00% 16,00%
413 ACUICULTURA MARINA PARA MEJILLÓN. 10,00% 16,00%
414 ACUICULTURA MARINA 10,00% 16,00%

LÍNEAS SUBVENCIONADAS. GASTOS POR RETIRADA Y DESTRUCCIÓN DE ANIMALES MUERTOS PLAN 2024

En la línea de retirada y destrucción (RyD) se mantiene el sistema de aplicación como en el plan anterior de €/animal, en función de la distribución de términos municipales que sirvieron de base para determinar el precio de recogida. Se establecen tres zonas, con importes diferenciados. 

Las especies/regímenes de ganado no incluidas en la relación no están subvencionadas por el DACC.

Seguidamente se indica el importe de la subvención en €/animal establecido para cada zona.

Más información

LÍNEAS SUBVENCIONADAS. GASTOS POR RETIRADA Y DESTRUCCIÓN DE ANIMALES MUERTOS PLAN 2023

En la línea de retirada y destrucción (RyD) se mantiene el sistema de aplicación como en el plan anterior de €/animal, en función de la distribución de términos municipales que sirvieron de base para determinar el precio de recogida. Se establecen tres zonas, con importes diferenciados. 

Las especies/regímenes de ganado no incluidas en la relación no están subvencionadas por el DACC.

Seguidamente se indica el importe de la subvención en €/animal establecido para cada zona.

Más información

BENEFICIARIOS

Asegurados que se encuentren en la base de control integral de acceso a subvenciones de ENESA (CIAS).

EXCLUSIONES

  • Las pólizas de seguro contratadas por las grandes empresas y empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas de acuerdo a la definición contenida en el anexo I del Reglamento (CE) (70/2001) relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del tratado CE a las ayudas estatales a las PYMES.  
  • No pueden percibir subvención las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias que incurran en alguna de las causas que impidan adquirir la condición de persona beneficiaria que establece el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o las que establece el articulo 99 del Decreto Legislativo 3/2002 por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Finanzas Públicas de Catalunya, reproducimos el contenido de estos artículos en el apartado "a" de las "Consideraciones de Interés".

SUBVENCIONES ADICIONALES

  •  SUBVENCIÓN PARA ASEGURADOS INCLUIDOS EN BASE DE DATOS. En las líneas de seguro de producciones agrícolas y en las líneas de seguro de explotaciones ganaderas para capital vida, podrán aplicarse la subvención que figura en la relación de líneas, sólo los asegurados que figuren en la base de datos que el DACC ha creado al efecto y entregada a AGROSEGURO para su aplicación. En la columna donde se indica el porcentaje "subvención para asegurados en BD" ya está incluido el porcentaje de la subvención base. Esta base de datos ha sido elaborada por el DACC, incluyendo en la misma aquellos asegurados que, según su registro, tiene la condición de ser Agricultor Profesional, Empresa Agraria Prioritaria o Joven Agricultor.
  • SUBVENCIÓN ADICIONAL POR MALLAS ANTIGRANIZO.Como incentivo para la mejora de explotaciones, para los agricultores que disponen en sus explotaciones de la medida preventiva de "MALLAS ANTIGRANIZO", el DACC otorga una subvención adicional que se aplica SOBRE EL IMPORTE DE LA BONIFICACIÓN, que corresponda exclusivamente a aquellas parcelas que dispongan de mallas antigranizo de un 6,7%en las líneas de seguro: 300 Frutales, 301 Cítricos, 307 Hortalizas Aire Libre Otoño Invierno, 311 Caqui, 312 Uva de Vino, 317 Cereza, 318 Hortalizas Aire Libre Primavera Verano, 320 Planta Viva, 321 Uva de Mesa, 324 Multicultivo Hortalizas, 327 Hortícola Ciclos Sucesivos, 329 Níspero y otros frutales y 330Ajo.  

LÍMITE DE SUBVENCIÓN PLAN 2024

La Comunidad Autónoma establece un límite por póliza, definido en los siguientes importes:

IMPORTE MAXIMO

El importe máximo de subvención por póliza,excepto en las líneas de seguro de ganado que agrupen garantías de vida y de RyD en la misma póliza, a cargo de la Generalitat, en ningún caso puede ser superior a:

  • 22.500€ en la línea

303 OP Y CCOPERATIVAS

  • 18.750,00€ en la línea

414 ACUICULTURA MARINA (capital vida)

  • 10.000,00€ en las líneas:

300 FRUTALES: MÓDULOS 1 y 2

301 CÍTRICOS: TODOS LOS MÓDULOS

307 HORTÍCOLAS AL AIRE LIBRE CICLO OTOÑO INVIERNO : TODOS LOS MÓDULOS

309 HERBÁCEOS EXTENSIVOS: MÓDULOS 1 y 2

314 OLIVAR: MÓDULOS 1A, 1B, 2A y 2B

318 HORTÍCOLAS AIRE LIBRE PRIMAVERA-VERANO: TODOS LOS MÓDULOS

320 PLANTA VIVA, FLOR CORTADA ,VIVEROS Y SEMILLAS EN PENINSULA Y BALEARES:TODOS LOS MÓDULOS

324 MULTICULTIVO DE HORTALIZAS: TODOS LOS MÓDULOS

  • 6.000,00 € en la línea

415 GASTOS RYD

GARANTÍA ADICIONAL RYD(en líneas de seguro de ganado vida)

  • 5.000,00 € en las líneas

Resto de las líneas y módulos que se incluyen en los apartados de líneas subvencionadas y no están especificadas en alguno de los grupos anteriores. 

 

En el caso de los seguros de ganado, cuando en una misma póliza se aseguren garantías de vida y garantía de retirada de animales (RyD), la aplicación de este límite se realiza de forma independiente para cada tipo de capital, 5.000,00 €. para el tipo de capital vida y 6.000,00 € para el tipo de capital RyD.

Para la línea 414 Acuicultura Marina, el reparto del límite será 18.750,00 € en el tipo de capital vida y 6.000,00 € en el tipo de capital RyD.

Por otra parte, la suma de todas las subvenciones no podrá exceder de los porcentajes máximos establecidos para los seguros agrarios en las directrices comunitarias aplicables a las ayudas estatales a los sectores agrícola y forestal y a las zonas rurales (2022/C 485/01).

Por ello, la Generalitat de Cataluña establece que el importe total concedido de subvención de ENESA más la que otorga el Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (DACC) no podrá exceder nunca de un porcentaje del importe del recibo de prima que, en los seguros agrícolas y forestales y en los seguros de ganado, para el capital vida, será del 65 %; en los seguros ganado para la garantía de RYD y en la propia línea de seguros de Retirada y Destrucción de animales (línea 415) será del 90% del coste del recibo de prima por explotación, y para las líneas de acuicultura, en las que se diferencia la acuicultura marina (línea 414) cuyo límite se establece en el 50% del recibo de prima, de la acuicultura continental (línea 412) y la acuicultura marina para mejillón (línea 413), en las que el límite se establece en el 41% del recibo de prima.

En el caso de exceder de dichos porcentajes, será reducido, en primer lugar, del importe de las subvenciones concedidas por la Comunidad Autónoma y, de ser necesario, de la de ENESA.

Además, para garantizar un uso lo más racional posible de las subvenciones públicas, se establece un límite del 75% sobre la prima comercial base neta para todas las líneas de seguro excepto para la retirada y destrucción de animales muertos en la explotación y las líneas acuícolas. Cuando al aplicar las subvenciones correspondientes, de ENESA y del DACC, la cantidad total resultante en una póliza alcance un porcentaje superior a dicho límite del 75% sobre la prima comercial base neta, será reducido, en primer lugar, el importe de subvenciones concedidas por el DACC y, a continuación, en su caso, el de la Administración general del Estado.

NOTA IMPORTANTE

En las líneas de seguro de ganado en las que  pueden asegurarse en la misma póliza dos tipos de capital (vida y RyD), el límite de subvención de cada uno de ellos, se trata de forma independiente, según se haya especificado antes para cada tipo de capital.    

LÍMITE DE SUBVENCIÓN PLAN 2023

La Comunidad Autónoma establece un límite por póliza, definido en los siguientes importes:

IMPORTE MAXIMO

El importe máximo de subvención por póliza,excepto en las líneas de seguro de ganado que agrupen garantías de vida y de RyD en la misma póliza, a cargo de la Generalitat, en ningún caso puede ser superior a:

  • 22.500€ en la línea

303 OP Y CCOPERATIVAS

  • 18.750,00€ en la línea

414 ACUICULTURA MARINA (capital vida)

  • 10.000,00€ en las líneas:

300 FRUTALES: MÓDULOS 1 y 2

301 CÍTRICOS: TODOS LOS MÓDULOS

307 HORTÍCOLAS AL AIRE LIBRE CICLO OTOÑO INVIERNO : TODOS LOS MÓDULOS

309 HERBÁCEOS EXTENSIVOS: MÓDULOS 1 y 2

314 OLIVAR: MÓDULOS 1A, 1B, 2A y 2B

318 HORTÍCOLAS AIRE LIBRE PRIMAVERA-VERANO: TODOS LOS MÓDULOS

320 PLANTA VIVA, FLOR CORTADA ,VIVEROS Y SEMILLAS EN PENINSULA Y BALEARES:TODOS LOS MÓDULOS

324 MULTICULTIVO DE HORTALIZAS: TODOS LOS MÓDULOS

  • 6.000,00 € en la línea

415 GASTOS RYD

GARANTÍA ADICIONAL RYD(en líneas de seguro de ganado vida)

  • 5.000,00 € en las líneas

Resto de las líneas y módulos que se incluyen en los apartados de líneas subvencionadas y no están especificadas en alguno de los grupos anteriores. 

 

En el caso de los seguros de ganado, cuando en una misma póliza se aseguren garantías de vida y garantía de retirada de animales (RyD), la aplicación de este límite se realiza de forma independiente para cada tipo de capital, 5.000,00 €. para el tipo de capital vida y 6.000,00 € para el tipo de capital RyD.

Para la línea 414 Acuicultura Marina, el reparto del límite será 18.750,00 € en el tipo de capital vida y 6.000,00 € en el tipo de capital RyD.

NOTA IMPORTANTE

En las líneas de seguro de ganado en las que  pueden asegurarse en la misma póliza dos tipos de capital (vida y RyD), el límite de subvención de cada uno de ellos, se trata de forma independiente, según se haya especificado antes para cada tipo de capital.    

La Comunidad Autónoma, se acoge a los mismos límites que los determinados por ENESA procedentes de las directrices de la Unión Europea que son:

Por otra parte hay que tener en cuenta el límite determinado por las directrices comunitarias al sector agrario,aplicable en la subvención de ENESA, que determina que el importe concedido por las Administraciones públicas no podrá exceder nunca de un porcentaje del importe del recibo de prima, que en los seguros agrícolas  y forestales y ganado tipo de capital vida será del 65 %, en los seguros de Retirada y Destrucción de animales y en la garantía adicional RYD en seguros de ganado, será del 90% del recibo de prima por explotación y para las líneas de acuicultura, en las que se diferencia la acuicultura amarina (línea 414) cuyo límite se establece en el 50% del recibo de prima, de la acuicultura continental (línea 412) y la acuicultura marina para mejillón (línea 413), en las que el límite se establece en el 41% del recibo de prima. 

En el caso de exceder de dichos porcentajes, será reducido, en primer lugar, del importe de las subvenciones concedidas por las Comunidades Autónomas y, de ser necesario, del importe de la subvención de ENESA.